Del dato a la acción

Facilitar la llegada de tantas familias como lo necesiten

Daniel Rodríguez de Blas, Comité Técnico de la Fundación FOESSA.

 

Ángeles, 35 años, vive con su hija Martina que acaba de cumplir los 4. Desde que terminó su proceso formativo en hostelería ha ido encadenando contratos temporales alternándolos con periodos de desempleo. 2023 fue un buen año porque estuvo casi todo el año trabajando con un único contrato que le brindaba ingresos suficientes, pero a principios de 2024 todo se torció y aún no ha conseguido encontrar un empleo que le permita conciliar. Durante los primeros meses cobró la prestación por desempleo y algún otro subsidió al que tenía derecho, pero después sus ingresos se quedaron en cero obligándolas a recurrir a entidades de solidaridad para mantener sus necesidades básicas.  

Aunque el de Ángeles y Martina es un caso inventado no es una historia alejada de la realidad ni ajena a las profesionales de Cáritas y muchas otras organizaciones que ejercen como entidades mediadoras para que las familias puedan acceder al IMV.  

El pasado 10 de abril la AIReF (Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal) emitió su Tercera Opinión sobre el Ingreso Mínimo Vital (i), afirmando que desde sus inicios, el IMV ha elevado el número de hogares protegidos por una prestación de último recurso y llega a colectivos muy vulnerables, pero hay margen para mejorar su diseño, despliegue y gestión (ii) 

Volviendo a nuestras ficticias, pero tan reales, Ángeles y Martina, puede ser que a pesar de atravesar graves dificultades económicas en el presente no hayan solicitado el IMV bien por desconocimiento, por verse ajenas al mundo de las prestaciones o por sentirse incapaces de tramitar solicitudes con tan alta carga de burocracia. No sería un caso aislado, la AIRef, en la mencionada publicación, afirma que en 2023 el 56% de los hogares elegibles para percibir el IMV no lo solicitaron. 

También pudiera ser que sí lo solicitasen, que asesoradas por alguna de las entidades mediadoras conociesen su derecho y decidiesen ejercer el mismo solicitando la citada prestación a lo largo de 2024. Y también pudiera ser que, dados los ingresos estables y suficientes declarados en 2023, se les denegase. Esta es otra de las deficiencias detectadas en el diseño y gestión del IMV; que para decidir la aprobación o no de un expediente se tienen en cuenta los datos económicos del ejercicio anterior por lo que pueden darse claras disonancias entre la situación económica del año anterior (buenos ingresos, en el ejemplo de nuestras Ángeles y Martina), la situación actual (ningún ingreso) y la decisión final de la Administración (denegar la solicitud).(iii)

Sea como fuere el caso de Ángeles y Martina, la AIReF nos deja claro en su publicación que el IMV alcanzó en 2023 al 36 % de sus potenciales beneficiarios. Es decir, que sólo han percibido la prestación poco más de un tercio del conjunto de las familias que, a priori, tendrían derecho al mismo. 

La propia AIReF en sus propuestas nos brinda dos claves que ayudarían a los cientos de miles de ángeles y martinas que viven en nuestro país, y de paso liberaría de buena y tediosa carga de trabajo a nuestras valiosas trabajadoras sociales.  

Por un lado, la AIReF esgrime la necesidad de que el IMV articule una reforma que permita la verificación de los requisitos económicos para el acceso y revisiones de la prestación utilizando datos más vinculados al presente (por ejemplo, las cotizaciones sociales) y de esta forma disminuir la frecuencia e importes de las revisiones y reembolsos y captar mejor las situaciones de pobreza sobrevenida. 

Pero esto no debería ser más que un camino hacia el objetivo último, una idea que también aparece en el escrito de la AIReF: acelerar la transformación hacia un modelo de gestión del conjunto de prestaciones no contributivas (IMV, CAPI, subsidios por desempleo, …) más automático y que se actúe de oficio. 

Y puestos a soñar, y soñando que las ángeles y martinas estén siempre en el centro de nuestros modelos de gestión e inclusión y que todas estas medidas sean útiles para facilitarles la vida y no para complicársela… En un momento histórico en el que la administración (Seguridad Social, Hacienda, etc.) cuenta con la inmensa mayoría de los datos de ingresos de la inmensa mayoría de la ciudadanía, ¿Por qué no se automatiza el acceso al IMV cuando se identifican casos de familias que cumplen con los requisitos? ¿Estamos tecnológicamente tan lejos de que el acceso al IMV sea tan sencillo como el acceso a una prestación por desempleo o una pensión por viudedad o se trata de un tema de voluntad política? 

Sea por unos motivos o por otros, el hecho de que el IMV en 2023 haya llegado sólo al 17% de los hogares en riesgo de pobreza (iv), datos también proporcionados por la AIReF, nos debe hacer reflexionar sobre la necesidad de implementar modificaciones en el diseño y la gestión de la prestación y la automatización, en pro de facilitar y ajustar las decisiones a las realidades que viven las familias en el presente (y no en el ejercicio anterior), debe ser una clave tenida muy en cuenta. 

Notas

i https://www.airef.es/wp-content/uploads/2024/07/IMV/Tercera-Opinion-del-IMV.-Julio-2024.pdf 

ii https://www.airef.es/es/noticias/la-airef-constata-que-el-ingreso-minimo-vital-sigue-mostrando- margenesde-mejora/ 

iii Aunque el IMV contempla la posibilidad de que se tengan en cuenta los datos económicos actuales en aquellos supuestos en los que la situación de vulnerabilidad económica haya sobrevenido durante el año en curso (Artículo 11.5 Ley IMV), la realidad es que en 2023 sólo se han aprobado el 2% de los expedientes que han solicitado tener en cuenta los ingresos del año en curos. 

iv Teniendo en cuenta el umbral del 40% de la mediana. 

 

 

Número 18, 2024
Del dato a la acción

El acceso a una vivienda digna, un derecho fundamental tantas veces vulnerado

Olivia Pérez, responsable de Comunicación de Cáritas Valencia

Puedes encontrar a Olivia en X (Twitter)

 

La convivencia en un espacio tan reducido como una habitación es complicada. Ahora Ana busca un lugar donde vivir ella sola, sin papeles, y, por lo tanto, sin contrato, es prácticamente imposible encontrar un lugar en el que vivir si, además, cuenta con unos ingresos muy limitados echando horas limpiando algunas casas.

 

Ana no es un caso aislado. En España, hay casi cuatro millones de viviendas vacías, según el consumo eléctrico que no se genera en ellas (dato que recoge el último censo de población y viviendas del INE publicado en junio de 2023). Y sin embargo, el mismo Instituto Nacional, unos meses antes, había informado de que: un total de 28.552 personas sin hogar han sido usuarias de centros asistenciales de alojamiento y/o restauración en el año 2022, de las cuales 7.277 han pernoctado en espacios públicos o alojamientos de fortuna. Por alojamientos de fortuna se refiere a hall de un inmueble, cajero, portal, coche, …[1].

Por suerte, Ana aun o ha necesitado instalarse en uno de estos alojamientos de fortuna, pero como muchas personas, cada vez más, vive en un piso o una habitación compartida en situación de subarriendo, que probablemente, no salen a la luz en las encuestas (muchas de las subarrendadoras no empadronan a las personas que instalan en su casa para no perder alguna ayuda o, simplemente, por falta de empatía). Las condiciones físicas y las situaciones emocionales a las que se tienen que enfrentar las personas en estas habitaciones compartidas provocan experiencias muy negativas para ellas, muchas de las cuales incluyen vulneraciones de sus derechos: de acceso a una vivienda segura, pero también, de desarrollo personal, dignidad, acceso a la atención sanitaria, entre otros.

Amal (cuyo nombre tampoco es real, por supuesto) es de origen magrebí y hace unos años tuvo que divorciarse de su marido maltratador. Con sus dos hijos y el apoyo de su Cáritas diocesana y del equipo de Incidencia Política de Cáritas Española ha tenido que enfrentarse a un injusto desahucio cuando el banco decidió echarlos del piso en el que vivían. Está siendo un proceso largo y complicado, pero Amal y sus queridas amigas de Cáritas lo están enfrentando juntas hasta hacer una reclamación en el DESC, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, que ha pedido medidas cautelares a la justicia española para que ella y sus hijos no puedan ser arrojados a la calle.

A Dios rogando… y no con el mazo, sino con la incidencia política actuando. Si nos creemos que, de verdad, el derecho de acceso a una vivienda digna es un derecho fundamental de TODAS las personas, probablemente no podamos seguir esperando a que las cosas se resuelvan solas.

 

[1] INE, Nota de Prensa de la “Encuesta a las personas sin hogar. Año 2022”: Un total de 28.552 personas sin hogar son atendidas en centros asistenciales de alojamiento y restauración en 2022, un 24,5% más que en 2012. Consultado en línea en https://www.ine.es/prensa/epsh_2022.pdf el 4 de marzo de 2024.

Número 16, 2024
Del dato a la acción

La vivienda, de derecho a lujo

Pedro Fuentes, equipo Estudios de Cáritas Española

Los datos de la EINSFOESSA 2021, referidos al año 2020 nos permiten calcular el estrés financiero en los hogares, que en su relación con el pago del alquiler implica que este gasto puede suponer hasta más o mucho más del 30% de los ingresos. Esta medida del 30% se viene aplicando históricamente[1] para hablar del mercado inmobiliario, si bien la UE habla hoy del 40% como umbral.

Fuente: elaboración propia a partir de EINSFOESSA 2021

 

En primer lugar, observamos como para el conjunto de los hogares de España que vive de alquiler (incluyendo modalidades como las habitaciones y otras aún más informales,) el coste del alquiler pone en situación de estrés al 47 % (31% moderado y 16% extremo.)

Si cruzamos ahora el indicador de estrés con la situación de pobreza económica, vemos como el nivel de estrés se eleva hasta el 61% de los hogares en situación de pobreza severa (ingresos inferiores al 40% de la renta mediana), y como para el resto de las situaciones, este supone una situación de estrés moderado para uno de cada tres hogares. Hecho que nos indica la existencia de un amplísimo sector de hogares en una situación de vulnerabilidad ante el alquiler, apuntando ya hacia la magnitud del problema social que supone la vivienda.

A estos datos hay que sumarle la evolución de los precios, que con carácter general y según el informe anual que publica el portal inmobiliario Idealista[2] alcanzó en enero de 2023 su máximo histórico con un coste de 11,6 € el metro cuadrado de media en España, (mucho más elevado en determinadas zonas.) Esto supone un incremento del 9% sobre el precio de enero de 2022. Por otra parte, la evolución de los salarios está lejos de seguir este ritmo. Con estos elementos añadidos, podemos afirmar que el problema es hoy aún de mayor magnitud que en la fecha recogida en el gráfico.

Probablemente estemos ante el problema número uno que hoy afronta la sociedad en España, que más allá de los empeoramientos coyunturales por las crisis, tiene un carácter claramente estructural. Un problema ante el que el margen de acción para las iniciativas del tercer sector es muy estrecho, y que para afrontarlo exige de profundos cambios políticos y económicos.

Es preciso cuestionar la lógica del mercado como única a aplicar en el acceso a la vivienda, lo que implica reflexionar y regular dos lógicas por ahora enfrentadas, el derecho a una vivienda y la vivienda como un bien de inversión. En la actualidad tan solo el 1,4% del parque de viviendas lo es de titularidad pública, lo que reclama una revisión del papel de lo público como agente protagonista del derecho a la vivienda. Y desde la mirada del tercer sector de acción social parece, sobre todo, necesaria la acción de incidencia y presión a los gestores de lo público como la herramienta eficaz para promover cambios realmente transformadores de esta realidad.

 

 

[1] La Enmienda Brooke, que limitó la renta de las viviendas públicas en Estados unidos (1969) al 25% de los ingresos.

[2] https://www.idealista.com/sala-de-prensa/informes-precio-vivienda/alquiler/report

 

 

Número 13, 2023
Editorial

El derecho a la alimentación como derecho humano: abandonar el asistencialismo para garantizar la autonomía alimentaria

Si bien los alimentos producidos en el planeta son suficientes para alimentar a más del total de la población mundial, casi mil millones de personas pasan hambre. Por no hablar de que un tercio de esta producción se desperdicia o se pierde cada año. Por lo tanto, es evidente que el problema no es una cuestión de cantidad sino de distribución y acceso a los alimentos.

Según el derecho internacional, el derecho a la alimentación es un derecho humano que protege el derecho de todo ser humano a alimentarse dignamente, ya sea produciendo sus propios alimentos o comprándolos. Para producir sus propios alimentos, una persona necesita tierra, semillas, agua y otros recursos, y para comprarlos necesita dinero y acceso al mercado. En consecuencia, el derecho a la alimentación implica que el Estado debe garantizar una serie de mecanismos para posibilitar su disfrute por parte de todas las personas, independientemente de su situación socioeconómica.

No obstante, la crisis vinculada a la Covid-19 ha hecho más visible y ha agravado la inseguridad alimentaria en el mundo y también en nuestro país. Esta inseguridad alimentaria afecta a una proporción creciente de la población de España y, en particular, a las personas más vulnerables. Las imágenes de personas en fila frente a los lugares donde se distribuye la ayuda alimentaria han dejado una huella considerable en la opinión pública.

El derecho a la alimentación, que debería permitir a todas las personas comer dignamente, en forma adecuada y en cantidad suficiente, es así ampliamente mancillado. Es importante resaltar, por tanto, que ese incremento demuestra que el problema de los hogares españoles para acceder a una alimentación adecuada es estructural y que no está únicamente ligado a crisis coyunturales.

La actual crisis ha puesto de manifiesto los límites de la respuesta institucional a los problemas de inseguridad alimentaria. Una vez más la respuesta de las administraciones públicas responde a una concepción de ayuda alimentaria y no tanto de garantizar el derecho a la alimentación. El modelo imperante de respuesta de las entidades del tercer sector y de algunas de las políticas públicas llevadas a cabo, hacen que la lucha contra la inseguridad alimentaria se reduzca a la distribución de ayuda alimentaria.

Es fundamental tratar de superar esa concepción de las políticas públicas existentes que se enfocan solo en los síntomas de la inseguridad alimentaria y nunca en sus causas profundas: a saber, el nivel de pobreza y su intensidad para una parte de la población. Para ello, necesitamos promover una economía al servicio de todas las personas, apelando a un cambio de las reglas de los sistemas económicos injustos que perpetúan la pobreza y las desigualdades.

Esto pasa también por abandonar la asistencia para recibir alimento al acceso autónomo a la alimentación. En otras palabras, significa apostar por distribuir alimentos seleccionados con criterios de sostenibilidad y elegidos por quienes se benefician de ellos.

En definitiva, garantizar el respeto del derecho a la alimentación significaría dar a todas las personas la posibilidad de optar por una alimentación de calidad, íntegra desde el punto de vista ambiental, social y sanitario. En otras palabras, el reto de garantizar la seguridad alimentaria pasa por cruzar la lucha contra la pobreza y las desigualdades con los objetivos para un desarrollo sostenible.

 

Número 10, 2022