Acción social

Avanzando hacia la corresponsabilidad familiar

Ana María Maraver Carrellán. Trabajadora Social. Jefa de Sección de Planificación, Programación y Comunicación. Área de Barrios y Colectivos de Atención Preferente, Derechos Sociales, Empleo, Familia, Igualdad y Asociaciones en el Ayuntamiento de Sevilla.

Este artículo parte de una concepción tradicional de la provisión de los cuidados en la familia, y analiza cómo se ha ido transformando a partir de los cambios socio-demográficos de las últimas décadas, lo que ha supuesto la aprobación de medidas de conciliación familiar, que han resultado ser insuficientes si no están basadas en la corresponsabilidad. En este contexto, el Trabajo Social ocupa un papel clave para avanzar hacia un modelo de provisión de cuidados fundamentado sobre un reparto equitativo de las responsabilidades familiares.

 

1. Introducción

El cuidado, entendido como el apoyo que necesitan determinadas personas, ya sea por su edad, por su dependencia, o por su situación de vulnerabilidad, puede definirse como una relación social horizontal y recíproca, emocional, física y de mediación que implica la asistencia práctica y la vigilancia (Flaquer et al., 2014).

Tradicionalmente, la familia ha sido el principal ámbito de provisión de los cuidados; no obstante, en las últimas décadas, esta situación ha ido cambiando debido a importantes transformaciones sociales, demográficas y familiares, tales como: 

Aumento de la esperanza de la vida, disminución de la tasa de natalidad, e incorporación de la mujer al ámbito productivo.

Diversificación de los modelos de familia. A la familia nuclear tradicional se le ha sumado nuevos modelos de familias, pero también se han producido cambios en los roles y responsabilidades de sus integrantes, y en la dinámica familiar. Asimismo, está teniendo lugar la reducción del número de miembros que componen la familia, así como la verticalización de su estructura.

2. La provisión de cuidados en el ámbito familiar

La mujer ha sido históricamente la principal proveedora de los cuidados en la familia. Este rol de cuidadora que tradicionalmente ha ejercido la mujer, es asignado desde la división sexual del trabajo, basada en diferencias de género, que han vinculado a la mujer con el rol reproductivo y al hombre con el rol productivo. Esta construcción social conlleva que la provisión de cuidados sea una actividad invisible, y no reconocida como trabajo remunerado, pero socialmente aceptada como un deber y una responsabilidad de la mujer. (Vaquiro y Stiepovich, 2010).

La incorporación progresiva de la mujer al mercado laboral ha llevado a compatibilizar su trabajo en el ámbito familiar y productivo, no obstante, no se ha dado de forma simultánea la incorporación del hombre a las tareas en el ámbito privado y de provisión de cuidados. Como consecuencia se ha producido la denominada doble presencia de la mujer (Tereso y Cota, 2017), al continuar ocupándose en gran medida de las tareas en el ámbito familiar, lo que da lugar a un reparto desigual de dichas tareas entre hombres y mujeres. De hecho, aun cuando se ha venido aumentando la presencia de los hombres en las tareas domésticas y del cuidado de los hijos, éstas se relacionan especialmente con aquellas consideradas más agradables, mientras que las mujeres asumen las más necesarias, pero, además, ellas no sólo realizan en mayor medida las tareas, sino que también se suelen ocupar de su planificación y organización (Suberviola et al., 2025).

Ante las trasformaciones sociales y demográficas que se han venido produciendo y el hecho de que el Estado debe ofrecer una respuesta a las necesidades de la ciudadanía, en las últimas décadas el Estado de Bienestar ha ido asumiendo progresivamente responsabilidades en la provisión de los cuidados; fruto de ello, han ido surgiendo políticas públicas, tales como recursos para la atención de personas con discapacidad y dependientes, centros educativos para personas menores de edad; aprobación de permisos de maternidad y paternidad, prestaciones económicas para cuidadores y cuidadoras de personas con dependencia, etc.; que suponen un avance hacia la conciliación laboral y familiar, y que se han visto reconocidas a nivel legislativo.

No obstante, las políticas públicas de conciliación se han mostrado insuficientes porque se han orientado a compatibilizar el trabajo de la mujer en los ámbitos privado y productivo, como si la falta de conciliación fuera una responsabilidad de las mujeres únicamente (Fernández y Díaz, 2016); pero además estas políticas se han desarrollado sólo en el ámbito laboral, olvidando el doméstico, lo que implica que sigan predominando roles y estereotipos de género que atribuyen a la mujer la responsabilidad principal de los cuidados.

Para acabar con esta situación, el concepto de conciliación se ha visto superado por el de corresponsabilidad, definido como el reparto equilibrado de las tareas domésticas y de las responsabilidades familiares, tales como su organización, el cuidado, la educación y el afecto de personas dependientes dentro del hogar, con el fin de distribuir de manera justa los tiempos de vida de mujeres y hombres (Guía de corresponsabilidad, 2013). En esta línea, hay que subrayar la aprobación del Plan Corresponsables por parte del Ministerio de Igualdad, en el año 2021, ampliado hasta la actualidad, que tiene entre sus objetivos lograr un reparto equilibrado de las responsabilidades familiares entre hombres y mujeres, así como impulsar un cambio social y cultural hacia modelos de masculinidades corresponsables e igualitarias.

3. Trabajo social y corresponsabilidad

Partiendo de un enfoque integral, el Trabajo Social ocupa una posición estratégica en la promoción de la corresponsabilidad. Su capacidad para analizar el contexto social, cultural y relacional permite comprender la desigual distribución de responsabilidades como un fenómeno estructural, más allá de cuestiones individuales. Con esta perspectiva, el Trabajo Social dirige su intervención social hacia ámbitos fundamentales de su práctica profesional, como la familia y la comunidad, que son precisamente, los espacios en los que las acciones en materia de corresponsabilidad tienen efectos directos.

El hecho de que la mujer sea quien en la mayor parte de los casos acude a Servicios Sociales ante situaciones de dificultad o riesgo social indica que sigue asumiendo el rol de cuidadora, teniendo entre sus funciones la gestión de las demandas familiares, la resolución de problemáticas relacionadas con vivienda, necesidades básicas, etc., así como la búsqueda de recursos de apoyo para la conciliación. Esta realidad constata la persistencia de los roles tradicionales de género y la sobrecarga de las mujeres, por lo que aún no se ha producido el cambio social y cultural hacia la distribución equitativa real de las responsabilidades familiares.

Desde el Trabajo Social con familias, el equipo profesional realiza su intervención a través de un proceso de acompañamiento con la familia con el objetivo de promover el bienestar y el desarrollo integral de todos los miembros, buscando identificar y reducir factores de riesgo, así como potenciar factores de protección, al objeto de mejorar la respuesta del sistema familiar ante posibles disfuncionalidades (Luján et al., 2013).

Por tanto, los equipos profesionales de Trabajo Social deben incluir la promoción de la corresponsabilidad como objetivo de la intervención familiar. Ello implica analizar el rol que padres y madres adquieren en materia de corresponsabilidad y fomentar la adopción de acuerdos para la distribución equitativa de las tareas de los cuidados y del hogar, teniendo en cuenta la edad, las capacidades y la disponibilidad de tiempo de cada miembro de la unidad familiar. Asimismo, el equipo profesional deberá trabajar con las figuras parentales, su compromiso para la transmisión a sus hijos e hijas de valores y hábitos basados en la igualdad y la equidad. De esta forma, se incide en la dimensión educativa de la corresponsabilidad y en la superación de los roles tradicionales de género.

La intervención familiar se complementa a nivel grupal, mediante el desarrollo de talleres, escuelas de familias y espacios de reflexión dirigidos a padres y madres. Estas iniciativas están orientadas a diseñar e implementar líneas de actuación sobre la parentalidad positiva y el reparto equitativo de responsabilidades familiares. No obstante, es una realidad que la participación de las mujeres en estas actuaciones está muy por encima a la de los hombres, lo que pone en evidencia que la responsabilidad en el cuidado y la atención aún sigue siendo considerada función principal de la mujer.

Igualmente forma parte del proceso de intervención que realiza el Trabajo Social con la familia, el impulsar el acceso de la unidad familiar a determinados recursos para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, tales como escuelas infantiles, unidades de día y programas específicos de conciliación. Destacar la importancia de estos programas, cuyo desarrollo se están extendiendo progresivamente en diferentes municipios en el marco del Plan Corresponsables, proporcionando recursos de apoyo a la unidad familiar y potenciando la corresponsabilidad en los cuidados y la igualdad de géneros.

Más allá del importante papel que tiene el Trabajo Social con familias para avanzar hacia la corresponsabilidad; desde el Trabajo Social a nivel comunitario se precisa introducir el principio de igualdad y la perspectiva de género en todas las actuaciones a desarrollar. Es decir, ya sea a través de entidades sociales, asociaciones vecinales, centros comunitarios, educativos, etc.,  se requiere que todas las acciones, ya sea dirigidas a colectivos específicos de población o abiertas a toda la comunidad, incorporen la promoción de la corresponsabilidad como eje transversal de todas las iniciativas comunitarias, convirtiéndose de este modo el Trabajo Social en agente de sensibilización y cambio hacia un modelo de sociedad donde la provisión de cuidados sea asumida como una responsabilidad compartida.

Por otra parte, los equipos profesionales del Trabajo Social que desarrollan su trabajo en el ámbito de la planificación, implementación y evaluación de planes, programas y proyectos tienen la responsabilidad de incluir la perspectiva de la igualdad y la corresponsabilidad como eje vertebrador de todas estas medidas, que tendrán un impacto directo posteriormente a nivel familiar y comunitario. Se precisa, asimismo, integrar indicadores de evaluación y de impacto en los distintos niveles de planificación para evaluar la participación de hombres y mujeres en las distintas actuaciones, de esta forma se contribuye a la toma de decisiones sobre la idoneidad de las medidas adoptadas y la identificación de buenas prácticas.

4. Conclusión

A pesar de los avances a nivel legislativo en materia de igualdad de género, aún sigue existiendo desigualdad en el ámbito de la corresponsabilidad, observándose que la participación de los hombres para asumir responsabilidades familiares de forma equitativa avanza de forma lenta, lo que se sigue traduciendo en la sobrecarga de tareas para la mujer y en la dificultad de ésta para compatibilizar la esfera pública y privada.

En este contexto, el Trabajo Social se convierte en una pieza clave al incorporar la perspectiva de género y de corresponsabilidad en su práctica profesional, ya sea desde la intervención a nivel familiar y grupal o comunitaria, al objeto de contribuir a un modelo de sociedad sustentado sobre el principio de igualdad real y efectiva, en la que tanto hombres como mujeres tengan posibilidad de acceder al ámbito público, a la vez que ocuparse de la atención y el cuidado de las personas más vulnerables en el ámbito familiar, procurando de esta forma una sociedad más justa e igualitaria.

Bibliografía

Fernández de Castro, P. y Díaz García, O. (2016): “La corresponsabilidad de género en las políticas de conciliación: espacio del Trabajo Social”. En D. Carbonero, E. Raya, N. Caparros y C. Gimeno (coords.). Respuestas transdisciplinares en una sociedad global. Aportaciones desde el Trabajo Social, pp. 1-22. Universidad de la Rioja.

Flaquer, Ll., Pfau-Effinger, B. y Artiaga Leira, A. (2014). “El trabajo familiar de cuidado en el marco del estado de bienestar”. Cuaderno de Relaciones Laborales, 32(1), 1º1 32.

Instituto de la Mujer. 2013. Guía de corresponsabilidad. https://www.inmujeres.gob.es/areasTematicas/educacion/publicaciones/docs/GuiaCorresponsabilidad2013.pdf

Luján García, C., Pérez Marín, M. y Montoya Castilla, I. (2013). “La familia como factor de riesgo y de protección para los problemas comportamentales en la infancia”. Familia, (47), pp. 83-98.

Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 23 de mayo de 2025, por el que se fijan los criterios de distribución a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2025 al desarrollo del Plan Corresponsables. Boletín Oficial del Estado, 133, de 3 de junio de 2025. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-11059

Suberviola Ovejas, I., Barbed Castejón, N., Martínez López, M., Alvaréz Terán, R. y Fernández Guerrero, O. (2025): “Análisis de la Corresponsabilidad en los hogares y los cuidados: una propuesta de intervención socio-educativa”. Iqual Revista de Género e Igualdad, 8, pp. 165 – 194

Tereso Ramírez, L. y Cota Elizalde,B.D. (2017): “La doble presencia de las mujeres: conexiones entre trabajo no remunerado, construcción de afectos-cuidados y trabajo remunerado”. Margen 85, pp. 1-12

Vaquiro Rodríguez, S. y Stiepovich Bertoni, J. (2010): “Cuidado informal, un reto asumido por la mujer informal”. Ciencia y enfermería XVI (2), 9 – 16